Cultura y Patrimonio Vicerrectorado de Cultura y Proyección Social
Resolución de 12 de mayo de 2015, de la Vicerrectora de Cultura y Política Social de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca 1 beca de apoyo en tareas de gestión y servicios (Patrimonio) del Secretariado de Cultura en el Vicerrectorado de Cultura y Política Social, con los objetivos de actualización, difusión y puesta a disposición de los investigadores/especialistas del inventario/catálogo del Patrimonio Cultural de la Universidad de Zaragoza, colaborar en tareas de inventario y catálogo del citado patrimonio (histórico-artístico y científico-técnico) y volcado de los datos obtenidos en el trabajo de campo en la base de datos creada al efecto; colaboración en la preparación de las exposiciones temporales organizadas en el edificio Paraninfo; colaboración en la realización de visitas guiadas al Edificio Paraninfo y a las exposiciones (en castellano e inglés); y todas aquellas tareas que se le encomienden relacionadas con el objeto de esta beca.
Fundamentos de derecho
Vista la Normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza, aprobada por acuerdo de 12 de mayo de 2010, del Consejo Social [BOUZ 08‐2010], modificada por acuerdos de 13 de febrero de 2013 y de 27 de febrero de 2014, de Consejo Social [BOUZ 01‐2013 y BOUZ 03‐2014].
Vista la resolución de Junta de Gobierno de 19 de septiembre de 1996, modificada por la de 6 de febrero de 1997, por la que se regulan las ayudas al estudio en la Universidad de Zaragoza para los empleados públicos de la misma [normativa sobre el fondo social].
Visto el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación
Vista la resolución de 11 de mayo de 2015, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se delega la competencia para convocar 1 beca de apoyo en la Vicerrectora de Cultura y Política Social.
RESUELVO
Primero. Proceder a la convocatoria pública de 1 beca de apoyo en tareas de gestión y servicios (Patrimonio) para el Secretariado de Cultura en el Vicerrectorado de Cultura y Política Social, que se regirápor los criterios previstos en las bases que figuran en el ANEXO I de la presente convocatoria.
Segundo. La financiación de la presente convocatoria se imputará a la aplicación 480.04 de la Unidad de Planificación 600 SECRETARIADO DE CULTURA del vigente presupuesto.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el tablón oficial electrónico de laUniversidadde Zaragoza [e-TOUZ] [www.sede.unizar.es] y en las siguientes páginas web:
Cuarto. Contra esta convocatoria se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo. Así mismo, la presente convocatoria podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Zaragoza, a 12 de mayo de 2015
La Vicerrectora de Cultura y Política Social
Concepción Lomba Serrano
Por delegación del Rector de 11 de mayo de 2015
ANEXO I
BASES DE LA CONVOCATORIA DE
1 BECA DE APOYO EN TAREAS DE GESTIÓN Y SERVICIOS (PATRIMONIO) PARA EL SECRETARIADO DE CULTURA EN EL VICERRECTORADO DE CULTURA Y POLÍTICA SOCIAL
Base 1. Condiciones generales y específicas de los candidatos
Los candidatos deberán estar en posesión de la licenciatura / grado en Historia o Historia del Arte o deberán estar matriculados o en posesión del Master Oficial en Gestión de Patrimonio Cultural de la Universidad de Zaragoza o cualquier otro master análogo relacionado con la gestión del Patrimonio Cultural. A su vez, los candidatos deberán estar matriculados en una enseñanza oficial de la Universidad de Zaragoza.
Además, deberán cumplir las condiciones específicas siguientes:
- tener aprobado un número de créditos igual o superior a la cuarta parte de los que exija la titulación correspondiente en la fecha fin de plazo de presentación de solicitudes [este requisito no será exigible a los estudiantes matriculados en un máster universitario o en doctorado]
- no haber sido beneficiario de la misma beca de apoyo en convocatorias anteriores
Base 2. Duración
Las actividades relacionadas con la beca se llevarán a cabo desde el 1 de septiembre de 2015 hasta el 31 de agosto de 2016. Los candidatos seleccionados deberán mantener la condición de estudiantes en enseñanzas oficiales de la Universidad de Zaragoza durante todo el periodo de duración de la beca. La beca podrá ser prorrogada por un máximo de un año. La prórroga exigirá ineludiblemente la continuación del plan de formación y que el beneficiario acredite el cumplimento de las condiciones académicas y de matrícula exigidas en la presente convocatoria.
Base 3. Dedicación
La beca supondrá una dedicación de 30 horas semanales.
El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del Secretariado de Cultura, previo acuerdo con el becario seleccionado, en mañanas y/o tardes aunque de forma general el horario será de mañanas. En cualquier caso, y con la finalidad de que el becario pueda compatibilizar sus horas de clase y de estudio con las de dedicación de la beca, el horario deberá ser flexible.
Base 4. Cuantía
La beca tendrá una dotación de 600 € brutos mensuales. De este importe se descontará mensualmente desde la Sección de Nóminas y Seguridad Social de la Universidad la cuota del becario a la SS [6,12€ en 2015] y la retención por IRPF [2% para becas de duración igual o inferior a un año].
Base 5. Descripción de las actividades que se realizarán
El becario deberá colaborar en el desarrollo de las actividades propias relacionadas con el objeto de la beca, que consistirán en:
- tareas de inventario y catálogo del Patrimonio Cultural (histórico-artístico y científico-técnico) de la Universidad de Zaragoza.
- volcado de los datos obtenidos en el trabajo de campo en la base de datos creada al efecto.
- preparación de las exposiciones temporales organizadas en el edificio Paraninfo.- realización de visitas guiadas al edificio Paraninfo y a las exposiciones (en castellano e inglés).
- todas aquellas tareas que se le encomienden, relacionadas con el objeto de esta beca.
Base 6. Plan de formación teórico-práctico y tutor
El becario seleccionado recibirá la formación que se considere necesaria para el correcto desempeño de sus actividades. A tal efecto, le serán asignados dos tutores que serán el técnico en Patrimonio Cultural y el técnico en Gestión Cultural de la Universidad de Zaragoza.
La formación que recibirá por parte del personal técnico del Secretariado de Cultura estará relacionada con:
Base 7. Derechos y obligaciones
Al becario de apoyo le serán de aplicación los artículos 38 y 39 de la normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza.
Base 8. Seguro
Los beneficiarios gozarán del seguro escolar en los términos establecidos por la legislación vigente. En el supuesto de que no estuvieran protegidos por el seguro escolar, suscribirán un seguro de accidentes en las condiciones mínimas que fije la universidad.
Base 9. Documentación que aportar
*Solamente se valorarán los méritos justificados documentalmente mediante certificados, que podrán presentarse en fotocopia. En este caso, el tribunal podrá requerir la presentación de los documentos originales.
Base 10. Lugar y plazo de presentación
El impreso de solicitud de beca, acompañado de la documentación descrita en la base anterior, se presentará preferentemente en el Registro General de la Universidad de Zaragoza, con una instancia dirigida a la Vicerrectora de Cultura y Política Social, desde el 18 de mayo hasta el 1 de junio de 2015.
No obstante, y dentro del plazo indicado, la documentación anterior se podrá presentar también en los registros auxiliares de la Universidad de Zaragoza, en el registro electrónico [sede.unizar.es] o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.
Base 11. Criterios de valoración
- Formación académica relacionada con la beca.
- Experiencia profesional directamente relacionada con la beca.
- Cursos realizados exclusivamente relacionados con el objeto de la beca.
- Conocimientos acreditados de informática a nivel de usuario (word, excel, bases de datos, y programas de tratamiento de imagen) y, de modo particular, conocimiento avanzado del programa Domus.
- Conocimiento acreditado de idiomas.
- Otras actividades relacionadas con la beca.
- Proyecto de ideas sobre la gestión a realizar en la colaboración
A efectos de comprobación, la comisión de valoración podrá establecer una prueba práctica y/o entrevista.
Base 12. Comisión de valoración
Las solicitudes serán valoradas por una comisión que estará formada por la Vicerrectora de Cultura y Política Social o persona en quien delegue (que actuará como Presidente de la Comisión), el Director del Secretariado de Cultura y los técnicos tutores del becario, un representante de los estudiantes elegidos por y de entre los que integran la comisión de selección de becarios prevista anualmente para la convocatoria del Ministerio o, en caso de no poder asistir ninguno de ellos, un representante de los estudiantes vinculados con el Secretariado de Cultura, y un Auxiliar Admvo. del Secretariado de Cultura, que actuará como Secretario, con voz pero sin voto.
Base 13. Tramitación
La comisión de valoración comprobará que los solicitantes reúnen los requisitos exigidos en esta convocatoria y que su documentación se ajusta a lo dispuesto en la misma para, en caso contrario, requerir al interesado con el fin de que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Asimismo, podrá requerir de los interesados la información o, en su caso, la documentación complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su función evaluadora.
Base 14. Propuesta de resolución
El 18 de junio de 2015, el órgano de selección, una vez valoradas las solicitudes e inmediatamente antes de dictar resolución, hará pública en el tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e-TOUZ] [www.sede.unizar.es], una propuesta de resolución, estableciendo prioridades, al objeto de que en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de la publicación, los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen pertinentes.
La publicación de la propuesta de resolución en los tablones de anuncios indicados servirá de notificación a los interesados.
Base 15. Resolución definitiva
Transcurrido el plazo de alegaciones descrito en la base anterior y a la vista de la documentación aportada, la comisión de valoración dictará resolución definitiva del procedimiento y ordenará su publicación en el tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e-TOUZ] [www.sede.unizar.es] y en las siguientes páginas web:
La publicación de la resolución definitiva en los tablones de anuncios indicados, servirá de notificación a los interesados.
Base 16. Recursos
La resolución dictada por el órgano de selección, podrá ser recurrida ante el Rector de la Universidad, según lo establecido en los artículos 114 y concordantes de la Ley 30/1992.
Base 17. Designación y credencial de becario
El órgano convocante designará a los becarios a propuesta de la comisión de valoración. A los candidatos designados se les extenderá una credencial de becario.
Base 18. Condición de estudiante durante la beca
Los becarios seleccionados deberán mantener su condición de estudiantes de la Universidad de Zaragoza, matriculados en una enseñanza oficial de la misma, durante todo el periodo de duración de la beca y, en su caso, de la prórroga que se establezca. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la extinción de la beca concedida.
Base 19. Relación jurídica
Las actividades realizadas por los becarios se verificarán siempre como consecuencia y en el contexto de una relación jurídica de estricta naturaleza administrativa. En ningún caso el disfrute de la beca de apoyo tendrá efectos jurídicos-laborales entre el becario y la Universidad de Zaragoza.
Base 20. Incompatibilidades
Las becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza tienen carácter complementario y por lo tanto son incompatibles con las concedidas por cualquier otro organismo público o privado para la misma finalidad, concepto y curso académico.
No se podrá percibir en un mismo curso académico más de una ayuda de la Universidad de Zaragoza. No obstante lo anterior las becas de apoyo en tareas y de gestión y servicios son compatibles con las becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza descritas en los Capítulos III, IV y VI de la normativa, así como con las becas del Ministerio de Educación.
No se podrán compatibilizar dos becas de apoyo de forma simultánea, debiendo el estudiante optar por una de ellas.
Aquellas becas que tengan asignada la dedicación máxima establecida en el artículo 30 de la Normativa, en todo caso, serán incompatibles con cualquier actividad retribuida o ayuda económica que implique la obligación de cumplir un horario o tiempo de dedicación.
Para cualquier casuística sobre compatibilidad de la beca de apoyo no contemplada en los apartados anteriores, se solicitará el reconocimiento o autorización de compatibilidad al Vicerrectorado con competencia en materia de estudiantes, previamente al otorgamiento de la correspondiente credencial de becario.
Base 21. Seguridad Social
En el marco regulador del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, los becarios seleccionados quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. La acción protectora es la correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
Base 22. Calendario
TRÁMITE |
PLAZO
|
Presentación de solicitudes |
Del 18 de mayo al 1 de junio de 2015 |
Publicación propuesta de resolución |
18 de junio de 2015 |
Plazo de alegaciones |
Del 19 de junio al 2 de julio de 2015 |
Publicación resolución definitiva |
3 de julio de 2015 |
Incorporación |
1 de septiembre de 2015 |
Base 23. Aceptación y autorización para la obtención de datos.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de los términos establecidos en esta convocatoria y la autorización a la Universidad de Zaragoza para verificar en otras instituciones la veracidad de los datos que fueran necesarios.
Disposición adicional única
Para lo no dispuesto en la Normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza y en la presente convocatoria, se aplicará con carácter subsidiario lo dispuesto en la Ley 38/2003, de Subvenciones y en el Real Decreto 1721/2007 por el que se establece el régimen de las becas y ayudas personalizadas.
Área de Cultura. Edificio Paraninfo. Pza. Basilio Paraíso, 4. 50005 Zaragoza 976 762 609
cultura@unizar.es / Atención al público: lunes a viernes 9:00 a 14:00 h
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