Cultura y Patrimonio Vicerrectorado de Cultura y Proyección Social
- Estar matriculados en una enseñanza oficial de la Universidad de Zaragoza de grado o de máster universitario.
Quienes debido al calendario de matrícula del curso 2017-2018 no hayan podido formalizar su matrícula en la fecha fin de plazo de presentación de solicitudes, deben aportar su compromiso de matrícula junto con su solicitud, según el modelo que se acompaña a la presente convocatoria.
- En el caso de estudiantes matriculados en estudios oficiales de grado, tener aprobado un número de créditos igual o superior a la cuarta parte de los que exija la titulación correspondiente en la fecha fin de plazo de presentación de solicitudes.
- No haber sido beneficiario de la misma beca de apoyo en convocatorias anteriores
- el periodo previsto de duración de la beca indicado en la Base 2, sumado al que el solicitante hubiera podido disfrutar previamente como becario de apoyo con otra beca, no podrá exceder en su totalidad de 24 meses.
El incumplimiento de estas condiciones será causa de exclusión del procedimiento de concesión.
Las actividades relacionadas con la beca se llevarán a cabo desde el 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2018. Los candidatos seleccionados deberán mantener la condición de estudiantes en enseñanzas oficiales de la Universidad de Zaragoza durante todo el periodo de duración de la beca.
Este periodo podrá ser prorrogado por un máximo de un año. La prórroga exigirá ineludiblemente la continuación del plan de formación y que el/los beneficiario(s) acredite(n) el cumplimento de las condiciones académicas y de matrícula exigidas en la presente convocatoria. En todo caso, el periodo previsto de duración de la prórroga, sumado al que el estudiante hubiera disfrutado previamente como becario de apoyo —en esta beca o en otras becas de apoyo en la Universidad de Zaragoza—, no podrá exceder de 24 meses.
Cada beca supondrá una dedicación de 30 horas semanales.
El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del Museo de Ciencias Naturales, y previo acuerdo con los becarios seleccionados, en mañanas y/o tardes. En cualquier caso, y con la finalidad de que los becarios puedan compatibilizar sus horas de clase y de estudio con las de dedicación de la beca, el horario deberá ser flexible.
Las becas tendrán una dotación de 600 € brutos mensuales. De este importe se descontará mensualmente desde la Sección de Nóminas y Seguridad Social de la Universidad la cuota del becario a la SS [6,67€ en 2017] y la retención por IRPF [2% para becas de duración igual o inferior a un año].
Los becarios deberán colaborar en el desarrollo de las actividades propias relacionadas con el objeto de la beca, que consistirá en:
- Colaboración en la gestión de la Exposición Permanente del Museo de Ciencias Naturales de la Universidad de Zaragoza, así como en el resto de actividades de divulgación del Museo.
- Búsqueda de información relativa a convocatorias de financiación.
- Apoyo en gestión de las redes sociales vinculadas al Museo.
- Colaborar en las tareas de inventario, conservación, restauración, e investigación de los fondos del Museo.
- Realizar visitas guiadas al Museo (en castellano e inglés).
- Todas aquellas tareas que se le encomienden, relacionadas con el objeto de esta beca.
El becario seleccionado recibirá la formación que se detalla a continuación:
- Inventario y gestión de patrimonio de la Universidad de Zaragoza relacionado con las Ciencias Naturales (fósiles, esqueletos, naturalizados, minerales).
- Cómo poner en valor del patrimonio natural a través de estrategias expositivas encaminadas al público en general.
A tal efecto, le será asignado un tutor que será el Director del Museo de Ciencias Naturales de la Universidad de Zaragoza.
A los becarios de apoyo les serán de aplicación los artículos 38 y 39 de la normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza.
Los beneficiarios gozarán del seguro escolar en los términos establecidos por la legislación vigente y del seguro de responsabilidad civil suscrito por la Universidad de Zaragoza para todos los estudiantes matriculados en enseñanzas oficiales. En el supuesto de que no estuvieran protegidos por el seguro escolar, suscribirán un seguro de accidentes en las condiciones mínimas que fije la universidad.
[*] Quienes no aporten esta documentación no serán valorados en el apartado de criterios económicos del baremo recogido en la base 11.
El impreso de solicitud de beca, acompañado de la documentación descrita en la base anterior, se presentará preferentemente en el Registro General de la Universidad de Zaragoza, con una instancia dirigida a la Vicerrectora de Cultura y Proyección Social, del 14 de junio de 2017 al 28 de junio de 2017.
No obstante, y dentro del plazo indicado, la documentación anterior se podrá presentar en el registro general o en los registros auxiliares de la Universidad de Zaragoza, en el registro electrónico [sede.unizar.es] o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Formación académica relacionada con la beca 10%]
- Experiencia en catalogación y gestión de colecciones 10%]
- Cursos realizados exclusivamente relacionados con el objeto de la beca [5%]]
- Bases de datos y programas de tratamiento de la imagen [5%]
- Conocimiento acreditado de idiomas 5%]
- Otras actividades relacionadas con la beca 5%
- Propuesta del proyecto de ideas sobre la gestión a realizar en la colaboración (10%)
A efectos de comprobación, la comisión de valoración podrá establecer una prueba práctica y/o entrevista
Las solicitudes serán valoradas por una comisión de valoración que estará formada por [Las solicitudes seran valoradas por una comisión de valoración que estará formada por la Vicerrectora de Cultura y Proyección Social o persona en quien delegue (que actuara como Presidente de la Comisión), la Directora del Área de Cultura y el Tutor del becario, un representante de los estudiantes elegidos por y de entre los que integran la comisión de selección de becarios prevista anualmente para la convocatoria del Ministerio o, en su caso de no poder asistir ninguno de ellos, a un representante de los estudiantes vinculados con el Área de Cultura y un Auxiliar Administrativo del Área de Cultura, que actuara con voz pero sin voto
La comisión de valoración comprobará que los solicitantes reúnen los requisitos exigidos en esta convocatoria y que su documentación se ajusta a lo dispuesto en la misma para, en caso contrario, requerir al interesado con el fin de que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Asimismo, podrá requerir de los interesados la información o, en su caso, la documentación complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su función evaluadora.
El 1 de septiembre de 2017, la comisión de valoración, una vez valoradas las solicitudes e inmediatamente antes de dictar resolución, hará pública a través del tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e-TOUZ] una propuesta de resolución, estableciendo prioridades, al objeto de que en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de la publicación, los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen pertinentes.
La publicación de la propuesta de resolución en los tablones de anuncios indicados, servirá de notificación a los interesados.
Transcurrido el plazo de alegaciones descrito en la base anterior y a la vista de la documentación aportada, la comisión de valoración dictará resolución definitiva del procedimiento y ordenará su publicación en el tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e-TOUZ]. La publicación de la resolución definitiva en el tablón de anuncios indicado servirá de notificación a los interesados.
La resolución dictada por el órgano de selección, podrá ser recurrida ante el Rector de la Universidad en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El órgano convocante designará a los becarios a propuesta de la comisión de valoración. A los candidatos designados se les extenderá una credencial de becario.
Los becarios seleccionados deberán mantener su condición de estudiantes de la Universidad de Zaragoza, matriculados en una enseñanza oficial de grado o de máster universitario durante todo el periodo de duración de la beca y, en su caso, de la prórroga que se establezca. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la extinción de la beca concedida.
Las actividades realizadas por los becarios se verificarán siempre como consecuencia y en el contexto de una relación jurídica de estricta naturaleza administrativa. En ningún caso el disfrute de la beca de apoyo tendrá efectos jurídicos-laborales entre el becario y la Universidad de Zaragoza.
Las becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza tienen carácter complementario y por lo tanto son incompatibles con las concedidas por cualquier otro organismo público o privado para la misma finalidad, concepto y curso académico.
No se podrá percibir en un mismo curso académico más de una ayuda de la Universidad de Zaragoza. No obstante lo anterior las becas de apoyo en tareas y de gestión y servicios son compatibles con las becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza descritas en los Capítulos III, IV y VI de la normativa, así como con las becas del Ministerio de Educación.
No se podrán compatibilizar dos becas de apoyo de forma simultánea, debiendo el estudiante optar por una de ellas.
Aquellas becas que tengan asignada la dedicación máxima establecida en el artículo 30 de la Normativa, en todo caso, serán incompatibles con cualquier actividad retribuida o ayuda económica que implique la obligación de cumplir un horario o tiempo de dedicación.
Para cualquier casuística sobre compatibilidad de la beca de apoyo no contemplada en los apartados anteriores, se solicitará el reconocimiento o autorización de compatibilidad al Vicerrectorado con competencia en materia de estudiantes, previamente al otorgamiento de la correspondiente credencial de becario.
En el marco regulador del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, los becarios seleccionados quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. La acción protectora es la correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
TRÁMITE |
PLAZO |
Presentación de solicitudes |
Del 14 al 28 de junio de 2017 |
Publicación propuesta de resolución |
1 de septiembre de 2017 |
Plazo de alegaciones |
Del 4 al 15 de septiembre de 2017 |
Publicación resolución definitiva |
22 de septiembre de 2017 |
Incorporación |
1 de octubre de 2017 |
La presentación de la solicitud implica la aceptación de los términos establecidos en esta convocatoria y la autorización a la Universidad de Zaragoza para verificar en otras instituciones la veracidad de los datos que fueran necesarios.
Para lo no dispuesto en la Normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza y en la presente convocatoria, se aplicará con carácter subsidiario lo dispuesto en la Ley 38/2003, de Subvenciones y en el Real Decreto 1721/2007 por el que se establece el régimen de las becas y ayudas personalizadas.
Adjunto | Tamaño |
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05_2017_publicada_beca_museo.pdf | 327.88 KB |
06_2017_solicitud_beca_museo.pdf | 130.59 KB |
06_2017_autorizacion_beca_museo.pdf | 110.5 KB |
07_2017_compromiso_matricula_museo.pdf | 21.8 KB |
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